Resumen: La paciente recibe asistencia sanitaria en el Hospital Universitario Nuestra Señora de la Candelaria, derivada del servicio público de ambulancia desde Clínica Parque, según consta en la recogida inicial de datos en el momento de la admisión de la paciente. Se constata que es una paciente privada asegurada por SEGURCAIXA ADESLAS S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS. La Sala considera que, pese al contexto en que se produjo, de crisis sanitaria ocasionada por la pandemia por COVID- 19, la asistencia sanitaria dispensada, en este caso, al paciente beneficiario de MUFACE, no se entiende excluida de las prestaciones sanitarias que la recurrente venía obligada a prestar según el concierto suscrito entre MUFACE y ASISA. La prestación no tiene su origen en una actuación de salud pública y más concretamente sobre la vigilancia epidemiológica. Sin embargo las instrucciones sanitarias dispusieron la asunción general por la sanidad pública de los pacientes Covid, quedando los hospitales privados como medios asistenciales residuales y limitados a pacientes poco graves. De hecho, se establece que hospitales privados quedan adscritos a cada uno de las zonas de influencia de las distintas áreas de salud de Tenerife. Por esta derivación no cabe exigir ese precio público.
Resumen: Revoca la sentencia del Juez Penal que condena a un acusado como autor de un delito de quebrantamiento de condena y dispone su libre absolución. Acusado que ha sido condenado a la pena de cuarenta y dos jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad y llega a firmar el plan de ejecución de tales jornadas, si bien no acude al lugar y en el día en que debe comenzar su cumplimiento. Declaración sumarial del acusado que no puede ser tomada en consideración al no haber sido sometida a la necesaria contradicción del juicio oral. Delito de quebrantamiento de condena. Dolo típico que está necesitado de una voluntad inequívoca de burlar o incumplir la pena impuesta por la Administración de Justicia. No se aprecia suficientemente acreditado la concurrente en el autor de un dolo de quebrantamiento. Citaciones al penado con el fin de iniciar el cumplimiento de los trabajos en beneficio de la comunidad que, aunque se realiza en el domicilio del acusado, no se hicieron personalmente sino en la persona de su madre, constando que el penado se encontraba en esas fechas fuera de la localidad por motivos laborales.